Nuestra compañera Anna de Nicolás, nos relata su testimonio de un día que ha hecho historia.

El pasado día 16 de febrero se llevó a cabo en el congreso de los diputados la última votación que daría como resultado la aprobación definitiva de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Tal vez fue la sesión menos solemne. Se trataba de aprobar unas enmiendas parciales de carácter técnico que habían sido aprobadas en el Senado y que debían ratificarse en el Congreso, y a pesar de que iba a ser algo carente de pompa y un mero trámite, quería estar ahí.

Uge Sangil, presidenta de la FELGTBI+, ya me había invitado anteriormente a la asistencia en el congreso del primer trámite legislativo, pero al ser un acto inicial no me parecía fundamental asistir, pues era el inicio del procedimiento.

¿Por qué me invitó? Porque ya hace un tiempo que represento a Colors Sitges Link a nivel de la Federación Estatal LGTBI+ como coordinadora del grupo de políticas trans que, a su vez, se integra en la Comisión Permanente Federal -es un órgano federal de toma de decisiones-. La finalidad de este grupo es hacer llegar las voces de las distintas asociaciones, incluida la de Colors Sitges Link, en la elaboración y conocimiento de la negociación que se lleva a cabo por parte de las asociaciones con el gobierno.

Para quienes hemos seguido el proceso, hay que decir que ha sido algo duro. Básicamente se resume en que las personas trans tenían una ley que nació ya obsoleta, Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas (que en paz descanse), y que obligaba a hormonarse y a seguir una serie de requisitos médicos que consideraban enferma mental a la persona trans. Paralelamente, bajo el amparo de la Organización de las Naciones Unidas, el 26 de marzo de 2007 se presentaron los Principios de Yogyakarta, que es una carta de Derechos Humanos desde el prisma LGTB. El principio 3, promulgado 11 días después de la aprobación de la ley española dice:

Principio 3: El derecho al reconocimiento de la Personalidad jurídica: La orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí, es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad. Ninguna persona será obligada a someterse a procedimientos médicos, incluyendo esterilización, cirugía de reasignación de sexo y terapia hormonal como requisito para el reconocimiento legal de su identidad de género. Ninguna persona será sometida a presiones para ocultar, suprimir o negar su orientación sexual o identidad de género.

Más tarde, el Parlamento Europeo, en 2012, se hacía eco de esta recomendación e invitaba a los estados miembros a legislar contra la marginación de las personas trans y LGTBI.

Es en 2014 cuando Dinamarca se convierte en el primer país que dispone la despatologización y el cambio registral del género y nombre por la vía administrativa sin informe médico.

El mismo año, en 2014, los distintos parlamentos autonómicos empiezan a legislar en este sentido, se aprueba la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía. En Catalunya se aprueba la Ley 11/2014, de 10 de octubre para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.

En diez años se aprueban leyes que aceptan la libre determinación de género en Navarra, País Vasco, Cantabria, La Rioja, Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia, Extremadura, Canarias, Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha.

En 2017, ya se intentó establecer una ley estatal que igualara estas leyes autonómicas y las hiciera llegar hasta donde la legislación autonómica no podía, por ser competencia estatal, el registro civil.

El intento de 2017 no prospera, pero el PSOE apoya la ponencia. Más tarde, en 2018, la Organización Mundial de la Salud, elimina la transexualidad de la lista de trastornos mentales, lo que significa que ya no existe la posibilidad de diagnosticar algo que no es una enfermedad.

En resumidas cuentas, se llega a un texto de consenso en Consejo de Ministros el 27 de junio de 2022, y se realiza la primera votación (no sin polémica de retrasos injustificados) el 22 de diciembre de 2022. La norma va al Senado y se vota el 8 de febrero de 2023. Vuelve al Congreso para la votación final el 16 de febrero, siendo aprobada en el Congreso de los Diputados con 191 votos a favor, 60 en contra y 91 abstenciones. Se publica el 1 de marzo y entra en vigor el 2 de marzo de 2023.

Estar en el Congreso para ser testigo de algo tan especial ha sido importante. Una mezcla de emociones. Un día de estrés, de no haber dormido, de ir con prisas para tener un buen sitio donde ver la sesión (me tocó detrás de una columna). Vivir el ambiente, junto con el resto de activistas, fue también muy emocionante. He de reconocer que, en algunos de los parlamentos de Irene Montero, se me saltaron las lágrimas de emoción, y eso es porque, de alguna manera, se repara y se da voz y voto a la dignidad de la persona trans, y también del colectivo LGTBI.

Para acabar, solo comentar que las leyes son incómodas de entrar y farragosas, pero cambian las vidas de la gente como no lo hace nada más.

Esta ley es un gran avance, pero también ha dejado a personas no binarias atrás, sin que se vea reconocida su identidad.

Así que desde Colors Sitges Link, seguiremos luchando para ver recogido en un papel, en un escrito, esos derechos que tanto cuesta conseguir y que tan fácilmente se pueden quitar.